Si usted tiene una discapacidad, usted también deberá ser cualificado para desempeñar las funciones esenciales del trabajo sin o con una acomodación razonable, para poder ser protegido por el ADA en contra de las discriminaciones en el empleo. Esto quiere decir que primero usted deberá satisfacer los requisitos de su empleador para el trabajo tales como educación, experiencia, destrezas y licencias en algunos casos, segundo usted deberá ser apto para desempeñar las funciones del trabajo sin o con una acomodación razonable. Las funciones esenciales son aquellas que son fundamentales en el trabajo que deberán ser desempeñadas por usted sin o con una acomodación razonable. Un empleador no puede negarse a emplearlo sencillamente porque usted tiene una discapacidad que lo/la previenen de desempeñar funciones que no están relacionadas con el trabajo.
Una acomodación razonable es cualquier cambio en el area de trabajo que permite que un candidato o empleado con discapacidad, participe en el proceso de aplicación, desempeñe las tareas esenciales del trabajo, disfrute de los beneficios y privilegios al igual que el resto de los empleados sin discapacidades. Por ejemplo, acomodaciones razonables pueden incluir:
Se requiere del empleador, que provea una acomodación razonable a un candidato cualificado o empleado con discapacidad a menos que el empleador pueda demonstrar que esta causara una dificultad inapropiada –quiere decir, que exigirá una alta suma de dinero y una gran dificultad en obtener.
El ADA prohíbe la discriminación de las siguientes actividades en el empleo:
Es además prohibido de parte del empleador o patrón tomar represalias en contra de usted por hacer valer sus derechos bajo el ADA. El Acta también lo/la protege si usted es una víctima de discriminación debido a su relación con una familia, negocio, impedimento o personas conocidas por tener una discapacidad de grande significado.
Si usted está solicitando un trabajo, un empleador no puede preguntarle si usted posee una discapacidad o hacerle preguntas sobre la naturaleza o cuan severa es su discapacidad. Un empleador puede preguntarle si usted está capacitado para desempeñar las tareas del trabajo sin o con una acomodación razonable. Un empleador también puede pedirle que demuestre como puede desarrollar su trabajo sin o con una acomodación razonable.
Un empleador no puede requerir de su parte un examen médico antes de que el trabajo le sea ofrecido. Después de la oferta de trabajo, el empleador puede poner condiciones con respecto al examen médico para que sea hecho de su parte únicamente si el resto de los empleados en esa misma categoría tienen que hacerse el mismo examen. Sin embargo, un empleador no puede rechazarlo debido a información revelada en sus exámenes médicos a menos que las razones, estén totalmente relacionadas con el trabajo, y sean necesarias para que su negocio se pueda llevar a cabo. El empleador no puede negarse a emplearlo solamente por su discapacidad, si usted puede desempeñar las funciones esenciales del trabajo con una acomodación.
Cuando haya sido empleado, su empleador todavía no puede requerir de su parte un examen médico o hacerle preguntas con respecto a su discapacidad a menos que estas estén relacionadas con el trabajo y necesarias para que su negocio se pueda llevar a cabo. Su empleador puede requerir exámenes médicos que sean voluntarios tales como uno que pertenezca al seguro de salud del empleado, que pueda proveer información médica requerida por las leyes de compensación para trabajadores del estado por las agencias encargadas.
Los resultados de todos los exámenes médicos, deberán ser guardados confidencialmente y separados del resto.
Cualquiera que corrientemente utiliza drogas ilícitas, no es protegido bajo el ADA y puede que el empleo le sea negado o despedido en base al uso de drogas. El ADA no previene a las empleadoras o patrones el solicitar exámenes de droga al candidato o al empleado
Si usted cree que está siendo discriminado en el trabajo en base a su discapacidad después de Julio 26, 1992, usted debe contactar La Comisión de Igualdad de Oportunidades de Empleo de los Estados Unidos (EEOC por sus siglas en Ingles). Una demanda de discriminación deberá ser presentada los primeros 180 días después del acto de discriminación a base de la discapacidad a menos que exista una ley local o estatal que también provea un alivio para este tipo de discriminación. En este caso las personas tienen 300 días para presentar la demanda. Sin embargo para proteger sus derechos es mejor contactar el EEOC lo más pronto posible aun si hay sospechas.
Usted puede meter una demanda de discriminación con respecto a su discapacidad, contactando cualquiera oficina del EEOC localizada en cualquier parte de los Estados Unidos. Si usted ha sido discriminado usted tiene derecho a ser re-localizado a la posición que usted hubiese tenido si el acto de discriminación no hubiese ocurrido. Usted tendrá derechos a ser empleado, promovido, rehabilitado, rembolsado, o dada una acomodación razonable. También tendrá de derechos a los honorarios de abogados.
Fuente: La Red de Acomodación en el Empleo, Oficina para las Políticas de Empleo de Personas Discapacitadas del Departamento del Trabajo de los EE.UU. www.jan.wvu.edu/espanol/espanol.htm